Incentivos Fiscales10 min de lectura

Incentivos italianos para fotovoltaica 2027: qué cambia y por qué el 65% no se aplica

El 65% del que habla todo el mundo afecta al ecobonus, y la fotovoltaica queda fuera. Aquí solo hay un escenario para 2027 —el 36%— y eso cambia qué decirle al cliente.

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Hussem Amor
Co-founder & CEO, Trein Group · Partner HighLevel en Italia

Respuesta breve

Con la legislación italiana vigente, desde el 1 de enero de 2027 la deducción para instalaciones fotovoltaicas residenciales baja del 50% al 36% en vivienda habitual y del 36% al 30% en el resto de inmuebles. En una instalación de 12.000 € en vivienda habitual significa pasar de 6.000 € a 4.320 € de deducción: 1.680 € menos, más un año de facturas pagadas íntegras. El límite de 96.000 € por unidad se mantiene hasta el 31 de diciembre de 2027 y baja a 48.000 € desde 2028. Los sistemas de acumulación entran en la misma ayuda, también en instalaciones existentes, con ficha ENEA e IVA del 10%. Los porcentajes de 2027 no son definitivos: dependen de la Ley de Presupuestos aprobada antes de que acabe diciembre. Atención a un equívoco extendido: el ecobonus reforzado del 65% del que se habla para 2027 no cubre la fotovoltaica, que sigue en el bonus de obra general. Para entrar en los porcentajes de 2026 cuenta el criterio de caja, la fecha de la orden de transferencia.

En fotovoltaica la pregunta «¿conviene esperar?» pesa de otra forma que en otras obras de casa: aquí el cliente no solo aplaza un gasto, aplaza también un ahorro. Cada mes de espera es un mes de facturas pagadas íntegras. En 2026 a la conveniencia energética se le suma un plazo fiscal real, y un segundo escalón en 2028 del que casi nadie habla.

«¿Pero no llega el 65% en 2027?»

Es la pregunta que desde mediados de septiembre de 2026 le llega a todo instalador, y la respuesta corta es: no para la fotovoltaica.

La hipótesis de la que se habla afecta al perímetro del ecobonus, es decir a la deducción por eficiencia energética de la envolvente y de las instalaciones térmicas: aislamiento, ventanas, bombas de calor, sistemas híbridos, solar térmica, protecciones solares, domótica. La fotovoltaica no está en esa lista.

Solar térmica no es fotovoltaica. Ahí está el origen del equívoco. La solar térmica produce agua caliente y está dentro del perímetro del ecobonus; la fotovoltaica produce electricidad y entra en el bonus de obra, la deducción por reforma de edificios. Son dos marcos normativos distintos, y la hipótesis del 65% toca solo el primero.

La consecuencia práctica para quien instala es doble. Por un lado el argumento del plazo sigue siendo válido: para la fotovoltaica el único escenario de 2027 con la ley vigente es el 36%, no hay ningún 65% en el horizonte que justifique esperar. Por otro, la pregunta llegará igualmente, porque el cliente ha leído sobre el 65% en algún sitio, y quien sabe explicar la distinción en treinta segundos gana la conversación.

Con una excepción que conviene conocer: si la obra incluye también una bomba de calor, esa parte sí entraría en el perímetro de la hipótesis. En un paquete de fotovoltaica más bomba de calor la valoración hay que hacerla partida por partida, no sobre el total. El razonamiento completo sobre obras mixtas está en incentivos para reformas 2027.

Cuáles son los porcentajes de 2027 con la legislación vigente

Las deducciones para la fotovoltaica residencial siguen la normativa de reforma de edificios. Esta es la comparación entre los gastos realizados en 2026 y los de 2027, según la norma en vigor hoy:

InmuebleGastos 2026Gastos 2027
Vivienda habitual50%36%
Resto de inmuebles36%30%
Límite de gasto96.000 € por unidad96.000 € (48.000 € desde 2028)

La deducción se recupera en diez cuotas anuales iguales. Para los porcentajes todavía vigentes este año y el detalle de las ayudas disponibles, tenemos una guía dedicada a los incentivos para fotovoltaica en 2026.

Qué significa en euros. En una instalación de 12.000 € en vivienda habitual la deducción baja de 6.000 € a 4.320 €. En 20.000 € con batería, de 10.000 € a 7.200 €. Al cliente no le interesa el porcentaje: le interesa cuánto recupera, y en cuántos años.

¿Entran las baterías? ¿Y el IVA?

Sí, y son dos argumentos de venta que muchos instaladores dejan sobre la mesa. Los sistemas de acumulación entran en la misma deducción que la instalación, y la ayuda vale también cuando la batería se añade a una instalación ya existente: es una ocasión concreta de volver sobre la cartera de clientes de años anteriores. Se exige el envío de la ficha descriptiva a ENEA.

Además, en obras de reforma que incluyen fotovoltaica con batería se aplica el IVA reducido del 10% en lugar del 22%. En 20.000 € de instalación son 2.400 € de diferencia, que casi ningún presupuesto destaca como partida propia.

¿Es segura la reducción?

No. El 36% y el 30% son el resultado automático si no interviene nada: son lo que prevé la norma hoy, no una decisión definitiva. La Ley de Presupuestos, debatida en otoño y aprobada antes de que acabe diciembre, puede confirmarlos, prorrogar los porcentajes actuales o cambiar el esquema.

Para quien vende instalaciones la consecuencia es precisa: no se puede prometer al cliente el 36% en 2027, ni tranquilizarlo diciendo que se mantendrá el 50%. Lo que sí se puede decir, y es verificable, es que quien paga antes de diciembre de 2026 ya conoce su porcentaje, mientras que quien aplaza lo descubrirá a final de año.

¿Hasta cuándo hay que pagar para entrar en 2026?

Aquí está el detalle técnico que decide el porcentaje, y en fotovoltaica pesa más que en otros sitios: entre la visita, los trámites de conexión y el montaje pasan semanas, y muchos clientes dan por hecho que no llegan. A menudo no es así, porque rige el criterio de caja: el gasto se considera realizado cuando se da la orden de pago, no cuando la instalación entra en funcionamiento.

  • Cuenta la transferencia, no la conexión. Una instalación montada en febrero de 2027 entra igualmente en 2026 si el pago se ordenó antes del 31 de diciembre de 2026.
  • Cuenta la orden, no el cargo. Una transferencia emitida el 31 de diciembre entra en 2026 aunque la fecha valor caiga en enero.
  • Tiene que ser una transferencia conforme. Concepto con la referencia legal, código fiscal de quien deduce, NIF del instalador. Una transferencia ordinaria hace perder la deducción, sea cual sea la fecha.

Comunicar estos tres puntos durante el presupuesto elimina la objeción «total, no llegáis dentro del año», que es la razón por la que muchas operaciones de noviembre y diciembre se van a enero sin un motivo real.

Qué cambia, en la práctica, para quien instala

El último trimestre ya concentra las decisiones de quien quiere cerrar dentro del año. Este año la palanca es más fuerte, pero caduca de verdad: después del 31 de diciembre el argumento hay que reconstruirlo sobre lo que salga de los Presupuestos.

  • El presupuesto debe mostrar tres números, no uno. Coste bruto, neto tras la deducción y ahorro anual estimado en la factura. Una instalación es una inversión: presentarla como un precio es la forma más rápida de que se compare solo por precio.
  • La cartera de clientes vale tanto como los leads nuevos. Quien tiene instalación sin batería es un cliente ya captado, ya convencido de la tecnología, y hoy la batería está bonificada. Es la campaña más barata que podéis hacer.
  • Las campañas hay que encenderlas ahora. En fotovoltaica entre el primer contacto y la firma pasan semanas: quien arranca en diciembre recoge en enero, cuando la palanca ya ha caducado. Lo tratamos en detalle en coste por lead en fotovoltaica.

Cómo decirlo sin alarmismo

El plazo usado como presión funciona mal: en fotovoltaica el cliente ya ha oído anunciar el fin de las ayudas varias veces. Lo que funciona es la comparación sobre sus cifras.

«La instalación con batería son 14.000 €. Si la transferencia sale antes de diciembre, recupera 7.000 € en diez años. Con los porcentajes previstos para 2027 serían 5.040 €: casi 2.000 € de diferencia, a los que se suma un año de facturas completas. Los porcentajes del año que viene todavía no están decididos —podrían prorrogarse— pero hoy usted sabe exactamente cuánto recupera. Y para que quede claro: el 65% del que quizá haya leído afecta a otras obras, no a la fotovoltaica.»

Ninguna promesa y ningún plazo inventado: la comparación entre una certeza y una incógnita, más un coste que se acumula cada mes. Es además la única versión que aguanta la pregunta «¿y si lo prorrogan?».

Nota. Este artículo tiene finalidad informativa y comercial y no sustituye el asesoramiento fiscal. Los porcentajes de 2027 y el límite de 2028 indicados son los previstos por la normativa italiana vigente en septiembre de 2026 y pueden cambiar con la Ley de Presupuestos. Para el caso concreto de un cliente —acumulación de ayudas, trámites ENEA, conexión a red— la referencia sigue siendo su asesor fiscal.

En resumen

Para la fotovoltaica 2027 tiene un solo escenario con la legislación vigente: 36% en vivienda habitual, 30% en el resto, y en 2028 el límite de gasto que se reduce a la mitad. El ecobonus del 65% del que se habla afecta a un perímetro distinto y aquí no se aplica: saber explicarlo vale tanto como conocer los porcentajes. La palabra definitiva llega con los Presupuestos, y hasta entonces la única certeza es la de quien paga antes del 31 de diciembre de 2026.

Para un instalador eso significa un trimestre en el que la palanca fiscal está al máximo y, justo después, un vacío que llenar con otra cosa. Si queréis llegar a enero con un flujo de visitas que no dependa de las ayudas, es ahora cuando se construye: es el trabajo que hacemos en marketing para instaladores fotovoltaicos.

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Preguntas frecuentes sobre los incentivos italianos para fotovoltaica 2027

No. La hipótesis en estudio afecta al perímetro del ecobonus —aislamiento, ventanas, bombas de calor, sistemas híbridos, solar térmica, protecciones solares, domótica— mientras que la fotovoltaica entra en el bonus de obra general, un marco normativo distinto. El equívoco nace de la solar térmica, que produce agua caliente y está dentro del ecobonus, mientras que la fotovoltaica produce electricidad y queda fuera. Si la obra incluye además una bomba de calor, esa parte sí entraría en la hipótesis.

Con la legislación italiana vigente, para los gastos realizados en 2027 la deducción baja al 36% en vivienda habitual y al 30% en el resto de inmuebles. En 2026 los mismos gastos se deducen al 50% y al 36%, con un límite de 96.000 € por unidad recuperado en diez cuotas anuales. Los porcentajes de 2027 dependen de la Ley de Presupuestos, aprobada antes de que acabe diciembre.

Sí. Los sistemas de acumulación entran en la misma deducción que la instalación fotovoltaica, y la ayuda vale también para baterías instaladas en instalaciones ya existentes. Se exige el envío de la ficha descriptiva a ENEA. En obras de reforma que incluyen fotovoltaica con batería se aplica además el IVA reducido del 10% en lugar del 22%.

Rige el criterio de caja: cuenta la fecha en que se ordena la transferencia, no el fin de la instalación ni el cargo en cuenta. Una transferencia conforme ordenada el 31 de diciembre de 2026 entra en los gastos de 2026 aunque el banco la cargue en enero de 2027. La transferencia debe llevar el concepto, el código fiscal de quien deduce y el NIF del instalador, o la deducción se pierde sea cual sea la fecha.

Con la legislación vigente, no: en una instalación de 12.000 € en vivienda habitual la deducción pasa de 6.000 € a 4.320 €, es decir 1.680 € menos. A eso se suma un año de facturas pagadas íntegras. Si la Ley de Presupuestos prorrogara los porcentajes actuales la diferencia desaparecería, pero hoy es una posibilidad y no una certeza, y a diferencia de las ventanas aquí no hay ningún escenario del 65% en el horizonte.